Tanca Tanca

Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z

Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

Cerrar glosario

Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Nuevo plan para duplicar el número de viviendas dotacionales y distribuirlas por todos los barrios

18/11/2020 - 15:16

Vivienda. Se podrán construir hasta 7.500 viviendas nuevas, que serán para personas vulnerables, personas mayores, jóvenes o estudiantes.

Empiezan los trámites para sacar adelante una modificación del Plan general metropolitano (MPGM) que regula la implantación de alojamientos temporales, y que permitirá duplicar el número de viviendas dotacionales y sumar 7.500 más, hasta llegar a un total de 13.370 en la ciudad. Se priorizará la promoción pública de estas viviendas, que se destinarán a cubrir las necesidades de residencia temporal de personas vulnerables, jóvenes, personas mayores y estudiantes.

La medida parte de la nueva tipología de alojamientos dotacionales definida por la Generalitat de Catalunya, que establece que estos alojamientos se pueden ubicar en solares calificados como equipamiento comunitario, tanto públicos como privados.

Eso supone que el 5 % de los suelos de la ciudad calificados como equipamiento, unas 41,52 hectáreas, se podrán destinar a este tipo de alojamientos, un tercio más que hasta ahora.

¿Qué tipos de alojamientos se podrán crear?

  • Viviendas dotacionales para jóvenes, personas mayores, estudiantes y personas vulnerables.
  • Alojamientos relacionados con la asistencia sanitaria: para personas que acompañan a menores o enfermos dependientes, personas que necesitan aislamiento o personas en tratamientos de larga duración.
  • Alojamientos relacionados con la asistencia social: personas en riesgo de exclusión, mujeres que sufren violencia machista, personas con dependencia y jóvenes vinculados a programas de inserción laboral para mayores de veinte años, entre otros.
  • Residencias de estudiantes y colegios mayores.
  • Alojamientos por razón de trabajo vinculado a un equipamiento cultural productivo.

Los precios, tanto de los alojamientos públicos como de los privados, las características y las dimensiones de cada tipo de alojamiento se fijarán mediante una ordenanza que se elaborará paralelamente al plan urbanístico.

La medida, que se ha aprobado inicialmente en la Comisión de Ecología, Urbanismo, Movilidad e Infraestructuras, seguirá ahora la tramitación municipal.