Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona
Régimen de vivienda solicitado
Existen diferentes modalidades: en propiedad, en derecho de superficie o en alquiler, sea por 10, 25 o 30 años, con opción de compra, para personas mayores —para unidades familiares o de convivencia máximas de dos miembros y mayores de 65 años— o para gente joven —para menores de 35 y composición familiar o grupo de convivencia de como máximo dos personas; excepcionalmente de tres miembros, si el tercero es menor de edad—.
Régimen jurídico del edificio
Conjunto de normas sobre las que se rige el edificio.
Registro de la Propiedad
Oficina pública que recoge los cambios que afectan a la propiedad de inmuebles, sus derechos y cargas, y la titularidad.
Renta
Cantidad mensual que el arrendatario paga al propietario cuando alquila un piso, y que se pacta entre las dos partes antes de firmar un contrato.
Rentabilidad interna de la deuda pública
Media semestral del rendimiento en el mercado secundario de deuda pública con vencimiento entre dos y seis años.
Residencia permanente
Son titulares del derecho a residir con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de un estado que forme parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y los miembros de la familia que no sean de uno de estos Estados que hayan residido legalmente en España durante un periodo continuado de cinco años, entre otros.
Responsabilidad hipotecaria
Suma de los conceptos garantizados por la hipoteca: el capital prestado, los intereses normales y los de demora, los costes judiciales, los gastos, etcétera. Sobre esta cantidad se calculan los gastos de la formalización de una hipoteca.