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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

¿Por qué aumenta el precio de la energía?

22/01/2021 - 12:55

Vivienda. Analizamos los pros y los contras del mercado regulado y el mercado libre.

La ola de frío de los últimos días ha provocado un aumento de la demanda energética que ha disparado los precios del gas y la electricidad, llegando a máximos históricos en el caso de la electricidad. Este incremento repercutirá en el recibo del consumidor, que tiene sobre la mesa un amplio abanico de ofertas y tarifas de las comercializadoras y puede que no sepa si está pagando más de lo que le tocaría. Pero ¿qué sabemos del precio de la energía? ¿Cómo se fijan las tarifas?

El mercado mayorista combina la oferta de los productores de energía y la demanda de los compradores, es decir, las comercializadoras (también hay otros agentes como empresas, gestores, …), para fijar el precio de la electricidad. Este precio se puede consultar en la página web del OMIE y cambia cada día y hora en función de una serie de factores:

– El balance entre la oferta y la demanda. Cuando hay picos de consumo, sube la demanda y encarece la oferta.
– El mix de generación, es decir, las tecnologías disponibles para producir la electricidad en cada momento. En función de la tecnología utilizada (energía nuclear, recursos renovables o centrales de gas), el precio será diferente. El más caro, por ejemplo, es el gas natural.
– La aportación de las energías renovables. En casos de sequía y falta de viento, por ejemplo, baja la generación de energía hidráulica y eólica. Como consecuencia, se debe recurrir a otras fuentes de energía, un hecho que puede encarecer el precio.
– Las paradas técnicas de las plantas de generación eléctrica.
– La climatología.

En este sentido, el precio del mercado mayorista tendrá impacto en la factura final del consumidor dependiendo del tipo de tarifa que tiene contratada, que actualmente puede ser:

– El mercado regulado o Precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC).
– El mercado libre.

 

El Precio voluntario para el pequeño consumidor

En el primer caso, el PVPC corresponde a la tarifa regulada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para una potencia contratada menor o igual a 10 kW. Se trata de una tarifa que sólo ofrecen las comercializadoras de referencia asignadas por el Ministerio. Los consumidores acogidos al PVPC pagan por su consumo el precio fijado por el mercado mayorista. Este precio está determinado en base a tres conceptos:

– El coste de producción de la energía eléctrica, que se fija en base al precio horario del mercado.
– Los peajes de acceso a la red y los cargos.
– El coste de comercialización, que incluye los costes de explotación y una retribución por el ejercicio de la actividad.

De esta forma, el precio será variable cada hora, por lo que la subida puntual del coste de la luz afectará directamente a los consumidores con esta modalidad contratada, pero también los afectará positivamente una bajada del precio. Por ejemplo, el precio de la electricidad suele ser más caro en invierno y más barato en primavera.

Los consumidores pueden consultar el precio de la energía que se les aplicará a través del Sistema de Información del Operador del Sistema de la Red Eléctrica de España.

 

La modalidad del PVPC tiene una serie de ventajas para el consumidor:

– Económicamente es un buen precio a medio plazo y no incorpora ningún coste adicional de garantía de precio.
– Las condiciones de facturación están reguladas.
– Los consumidores reciben una factura sencilla con un formato establecido de forma regulada y transparente.
– Los consumidores pueden acogerse a cualquier otra forma de contratación con el derecho de volver al sistema PVPC.
– Como alternativa al PVPC, los consumidores pueden contratar con el comercializador de referencia un precio fijo durante un año. Esta oferta a precio fijo anual recogerá detalladamente los precios que correspondan al suministro de la energía y los peajes de acceso, cargos y otros costes.
– Esta modalidad proporciona una mayor protección frente a impagos o avisos de corte.
El PVPC es la única modalidad que ofrece el Bono social, la ayuda a personas en situación de vulnerabilidad. Es un descuento que se aplica a la factura eléctrica y que puede ser del 25 o del 40%.

 

El mercado libre

En esta modalidad de contratación el precio de la energía eléctrica es libre, por lo que puede referirse o no al precio del mercado eléctrico. Por lo tanto, los precios pueden ser variables horariamente o fijos dependiendo de la comercializadora. Los consumidores con una potencia contratada superior a 10 kW están obligados a acogerse a esta modalidad. Las ventajas del mercado libre son:

– El cliente suele pagar un precio cerrado con un precio fijo del kilovatio hora o tarifa plana, de modo que evita pagar más cuando el precio de la electricidad es muy alto.
– Permite contratar cualquier comercializadora.
– Permite solicitar la garantía del origen renovable, la cual certifica que la compañía comercializa energía procedente de fuentes renovables.
– Permite contratar servicios adicionales, como revisiones y mantenimiento de los equipos.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que esta modalidad puede crear confusiones y la tarifa en el mercado libre a veces puede acabar siendo más cara que la del mercado regulado. En primer lugar, porque las ofertas del mercado libre van igualmente condicionadas a los precios del mercado mayorista, por lo que, si sube el precio de la electricidad, la tarifa en el mercado libre también se encarecerá. Además, hay que tener presente que en el mercado libre también mandan los intereses de las comercializadoras, y cada compañía fijará el precio del kW en función de sus estrategias comerciales. En segundo lugar, porque, cuando se trata de un precio fijo, el consumidor no podrá beneficiarse de una bajada del precio de la electricidad. Y en tercer lugar porque esta modalidad a menudo incluye cláusulas especiales o modificaciones de contrato. Además, la modalidad del mercado libre tiene el inconveniente de ser incompatible con la ayuda del Bono social.

 

En la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se puede consultar el listado de empresas comercializadoras de referencia, así como el comparador de las ofertas del mercado libre.