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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Si tienes alguna duda, consulta las diferentes preguntas que te orientarán según tus necesidades. 

1. No puedo hacer frente al pago del alquiler. ¿Qué puedo hacer?

Si no puedes hacer frente al pago del alquiler, lo primero que tienes que hacer es dirigirte a alguna de las oficinas de la vivienda, donde te proporcionaremos mediación y te informaremos de las diferentes ayudas para el pago de deudas de rentas del alquiler. Estas ayudas se dirigen a personas residentes en Barcelona que sean titulares del contrato de alquiler de su residencia habitual. Hay que cumplir, además, algunos requisitos, que en función de la ayuda tienen unas particularidades u otras. Consulta aquí las diferentes opciones. 

2. No puedo asumir el pago de la hipoteca. ¿Qué puedo hacer?

Si no puedes hacer frente al pago de las cuotas de la hipoteca, dirígete a alguna de las oficinas de la vivienda, donde tienes a tu disposición el servicio de información y asesoramiento Ofideute, dirigido a las familias con dificultades para atender el pago de los préstamos o créditos hipotecarios y que están en riesgo de perder su vivienda principal. Los técnicos cualificados te ayudarán a intentar renegociar la deuda hipotecaria con la entidad bancaria. En las oficinas de la vivienda, además, también pueden informarte de las ayudas de emergencia para el pago de cuotas de amortización hipotecaria. 

3. Me he quedado en la calle a causa de un desahucio. ¿Qué puedo hacer?

Si no tienes ningún lugar en el que pasar la noche y te encuentras en la calle por culpa de un desahucio, puedes llamar al Centro de Urgencias y Emergencias de Barcelona (CUES), al teléfono gratuito 900 70 30 30. Te buscarán un lugar en el que poder dormir. Posteriormente, en las oficinas de la vivienda de Barcelona, puedes pedir la ayuda de urgencia para quienes han perdido su casa a causa de un desahucio o de una ejecución hipotecaria.

4. Quiero rehabilitar mi vivienda. ¿Cómo puedo hacerlo?

Si la rehabilitación afecta a todo el edificio, hay que tramitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios. Puede hacerlo el presidente de la comunidad de propietarios, el administrador de la comunidad o el propietario del edificio. Cuando se trata de rehabilitaciones de interiores de viviendas, las ayudas las puede solicitar el propietario de la vivienda o incluso el arrendatario, debidamente autorizado por el propietario. Las ayudas se tramitan en las oficinas de la vivienda de Barcelona. Un requisito indispensable es disponer de una licencia de obras o de un comunicado inmediato que certifique el inicio de la actividad. Hay que tener en cuenta, además, que hay áreas de la ciudad que disponen de ayudas especiales por sus características: los polígonos de vivienda, la zona de Sant Ramon, el barrio del Raval y la Illa Eficient, en L'Eixample. (Link intern ‘Vols rehabilitar el teu habitatge?’)

5. Tengo una vivienda en Barcelona y quiero darle un uso. ¿Qué opciones tengo?

Si tienes un piso vacío y quieres sacarle provecho, contribuyendo a la mejora habitacional de la ciudad, tienes tres opciones: incluirlo en la Bolsa de Alquiler Social de Barcelona, acogerte al nuevo Plan de Pisos Vacíos del Ayuntamiento o ceder el piso a la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Para incluirlo en la bolsa de alquiler, se debe rellenar la solicitud correspondiente en alguna de las oficinas de la vivienda de Barcelona, pidiendo cita previa. El piso debe estar ubicado en la ciudad y disponer de la cédula de habitabilidad y el Certificado de eficiencia energética —o estar en condiciones de obtenerlos—. Esta opción permite beneficiarse del Avalloguer —un sistema de cobertura del cobro de las rentas de alquiler—, seguros, subvenciones y asesoramiento jurídico y técnico. 

6. Me gustaría acceder a una vivienda pública. ¿Cómo puedo hacerlo?

Para optar a una vivienda pública, hay que dirigirse a alguna de las oficinas de la vivienda de Barcelona e inscribirse en el registro de solicitantes. Lo pueden hacer las personas que se vean privadas de su vivienda por decreto judicial, sentencia judicial firme o dación en pago del inmueble, así como familias con menores de edad que vivan en una vivienda en condiciones precarias de sanidad, higiene y seguridad, o con algún miembro discapacitado o con problemas graves de salud que se vean agravados por las malas condiciones de la vivienda, entre otras casuísticas. Recuerda que la inscripción en el registro caduca al cabo de tres años, de modo que hay que ir renovándola. (link intern a accés a l’habitatge)

7. ¿Cómo puedo acceder a la bolsa de alquiler?

Uno de los requisitos imprescindibles para inscribirse en la bolsa de alquiler es estar empadronado en la ciudad de Barcelona. También se debe acudir a alguna de las oficinas de la vivienda e inscribirse en el registro de solicitantes. Una vez inscrito, accederás a los pisos de la bolsa. Alquilar un piso a través de este sistema es ventajoso en muchos aspectos: el precio del alquiler es inferior al del mercado, tanto si se trata de una vivienda protegida como si es una vivienda libre; los técnicos se encargan de buscar el mejor piso disponible; y se proporciona asistencia en la elaboración y la firma del contrato, así como asesoramiento jurídico durante todo el proceso —sin coste—, entre otros. 

8. ¿Puedo beneficiarme de una ayuda de urgencia o de emergencia?

Las ayudas de urgencia son prestaciones a fondo perdido que se otorgan a personas que han contraído deudas en relación con la vivienda. Garantizan un hogar al solicitante y a su familia. Las pueden pedir las personas con recibos impagados de rentas de alquiler o de cuotas de amortización del préstamo hipotecario, así como quienes hayan perdido la vivienda como consecuencia de un desahucio o de una ejecución hipotecaria. Para casos muy urgentes de vulnerabilidad y de pérdida inminente de la vivienda, el consorcio dispone de las viviendas del fondo de alquiler social, que adjudica a través de la Mesa de Emergencias Sociales de Barcelona. Si te encuentras en una situación de emergencia y riesgo de exclusión residencial, dirígete a la oficina de la vivienda más cercana. 

9. ¿Quién gestiona las políticas de vivienda en Barcelona?

Las políticas de vivienda en Barcelona dependen del Ayuntamiento y, en concreto, de la Concejalía de Vivienda. Otros entes públicos relevantes son el Patronato Municipal de la Vivienda —creado por el municipio y que promueve viviendas para atender a las personas que no pueden acceder a un domicilio digno en condiciones de mercado— o el Consorcio de la Vivienda de Barcelona —formado por el Ayuntamiento y la Generalitat de Cataluña y que tiene como objetivo desarrollar las funciones, las actividades y los servicios relacionados con la vivienda asequible en Barcelona—. 

10. ¿El acceso a la vivienda es un derecho?

La vivienda es un derecho básico de las personas reconocido en diversos instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 25) o el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 11), y también en la Constitución Española (artículo 47), que especifica: "los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho".