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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Barcelona intensifica la colaboración con el tercer sector para promover la vivienda asequible

27/05/2021 - 16:59

Vivienda. Se impulsan las primeras coviviendas para personas mayores y personas con discapacidades intelectuales y la primera cooperativa de alquiler

Después que el otoño pasado se firmase el convenio entre el Ayuntamiento de Barcelona y las entidades sin ánimo de lucro, fundaciones y cooperativas que se dedican a la vivienda, ayer se asignaron los 12 solares que promoverán y gestionarán estas entidades. En total, se trata de 12 promociones que representan 373 viviendas previstas para una primera fase del convenio. De estas, siete serán de covivienda y se han asignado a cooperativas para la construcción de 144 pisos. Las cinco restantes supondrán 229 pisos, y serán adjudicadas a promociones de alquiler. Se prevé que las obras de esta primera fase se pongan en marcha durante el 2022 y estén listas el 2024.

De esa forma, y según establece el convenio, la Coordinadora de Fundaciones de Vivienda Social (Cohabitac) y la Federación de Cooperativas de Vivienda de Cataluña (FCHC) serán los actores encargados de convocar y recibir las propuestas de las entidades interesadas en las promociones destinadas al alquiler. En lo que se refiere a las promociones destinadas a la covivienda, lo serán la Red de Economía Solidaria (XES) y de nuevo la FCHC. Una vez recibidas y elevadas las consideradas más adecuadas, la mesa formada por el Ayuntamiento y la Asociación de Gestores de Políticas Sociales de Vivienda de Cataluña (GHS), con mayoría municipal, será quien apruebe las propuestas definitivas.

Iniciativas pioneras

De entre las promociones previstas, destacan iniciativas de covivienda destinadas a personas mayores y personas con discapacidad intelectual. En lo que se refiere a la covivienda, las cooperativas Sostre Cívic y Vida Cooperativa se ocuparán de impulsar, respectivamente, coviviendas para personas mayores y para personas con discapacidad intelectual, unas iniciativas pioneras e innovadoras, largamente reclamadas por el sector de la vivienda cooperativa. En concreto, se trata de dos de las promociones situadas en la Vía Augusta, 375-381 y 383-387, y de la promoción situada en la misma calle, en los números 389-393, en el distrito de Sarrià-Sant Gervasi.

En lo que se refiere al alquiler, el convenio también reservaba promociones a las que también pudieran optar cooperativas de alquiler, una fórmula innovadora sin precedente en la ciudad de Barcelona, en la cual las personas inquilinas pasan a formar parte de la cooperativa y acceden a la gestión de la promoción.

La lista completa de los solares y edificios en esta primera fase es la siguiente:

Covivienda:

  • Can Batlló, c. Mossèn Amadeu Oller, 17-21, la Bordeta (Sants-Montjuïc). 40 viviendas. Asignado a la cooperativa Empriu, Habitatges Cooperatius, SCCL.
  • Edificio a rehabilitar a c. Rossend Arús, 36 i 38, Sants (Sants-Montjuïc). 7 viviendas. Asignado a la cooperativa La Domèstika de la Farga, SCCL.
  • Via Augusta, 375-381 i 383-387, Sarrià (Sarrià – Sant Gervasi). Dos promociones de 15 y 17 viviendas respectivamente para covivienda senior. Asignadas a la cooperativa Sostre Cívic, SCCL.
  • Via Augusta, 389-393, Sarrià (Sarrià – Sant Gervasi). 17 viviendas cooperativas para personas con discapacidad intelectual. Asignado a la cooperativa Vida Cooperativa, SCCL.
  • Gustavo Bécquer, 11X, Vallcarca i els Penitents (Gràcia). 25 viviendas. Asignado a la cooperativa Ruderal, SCCL.
  • 22@ Sector Balius, c. Pere IV, 115, el Parc i la Llacuna del Poblenou (Sant Martí). 23 viviendas. Asignado a la cooperativa Abril Poblenou, SCCL.

Alquiler:

  • Sant Martí, 12-16, el Raval (Ciutat Vella). 43 viviendas. Asignado a las fundaciones Salas y Nou Lloc.
  • Edificio a rehabilitar a pg. Joan de Borbó, 44-45, la Barceloneta (Ciutat Vella). 18 viviendas. Asignado a la Fundació Hàbitat 3.
  • Ulldecona, 11.X, la Marina del Prat Vermell (Sants-Montjuïc). 84 viviendas. Asignado a las fundaciones FIBS e Iniciativa Social.
  • Vallcarca, 110X, Vallcarca i els Penitents (Gràcia). 37 viviendas. Asignado a las fundaciones Salas y Nou Lloc.
  • Binèfar, 26, la Verneda i la Pau (Sant Martí). 47 viviendas para cooperativas de alquiler. Asignado a la cooperativa Fem Ciutat, SCCL.

Impulso a la colaboración con el sector privado sin ánimo de lucro

Con este convenio el Ayuntamiento de Barcelona se convierte en la administración con un programa de colaboración con cooperativas y fundaciones más amplio de Cataluña y España y representa el compromiso del Ayuntamiento de Barcelona de seguir trabajando en esta línea. En total, des del 2015 se han impulsado un total de 10 promociones y 246 viviendas con la cesión de uso de solares a largo plazo a cooperativas, que sumados a las promociones que ahora se pondrán en marcha, se convertirán en más de 600 viviendas a través de la promoción delegada.

Los próximos meses hay prevista una segunda fase con solares para unas 280 viviendas y la lista se irá ampliando hasta llegar a las 1.000 viviendas durante los próximos años. Tal como se establece en el convenio, de este millar de pisos, aproximadamente el 60% se destinarán al alquiler asequible y aproximadamente el 40% a la covivienda, con la garantía que las persona que vivan allí provengan siempre del Registro de Solicitantes de HPO y se mantengan el control público sobre el uso de las viviendas.

Control público

El Ayuntamiento de Barcelona será el titular del suelo de estas promociones y se cederá el derecho de superficie a las cooperativas y fundaciones beneficiarias, a las que se cobrará un canon pasados los 25 años de la cesión. Eso facilita la viabilidad financiera de los operadores que durante los primeros años deberán sufragar los costes de las obras. Una vez hayan amortizado los créditos, las entidades destinarán también el 50% de los resultados de explotación al IMHAB o al órgano que se decida y estas aportaciones servirán para financiar nuevas promociones delegadas de vivienda. Las entidades adjudicatarias disfrutarán del derecho a superficie por un plazo de 99 años.

Una de las ventajas de la gestión y la promoción delegadas a entidades privadas sin ánimo de lucro es que permite facilitar y agilizar los procesos de redacción de proyectos arquitectónicos y encargar las obras a empresas constructoras sin tener que convocar licitaciones públicas. A la vez, la cogobernanza y mecanismos establecidos en el convenio garantizan la transparencia y control públicos.

Todas las personas adjudicatarias de estas viviendas deben estar inscritas al Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial. En las más de mil promociones de alquiler, la adjudicación la hará el Ayuntamiento a través de los canales habituales. En las promociones de covivienda, tal como marca la ley, la cooperativa decidirá entre las personas que sean socias y que deberán estar inscritas en el Registro de Solicitantes.

La transparencia ha sido muy importante en todo el proceso, por eso La Federación de Cooperativas de Vivienda de Cataluña (FCHC), la Coordinadora de Fundaciones de Vivienda Social (Cohabitac) y la Asociación Red de Economía Solidaria (XES) han creado una página web para explicarlo y dar el detalle de los criterios de control y garantías públicas para asegurar el interés general en la adjudicación de proyectos. Además se puede encontrar información sobre como acceder como persona usuaria final a las viviendas de alquiler y cesión de uso.