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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Abierto el proceso de adjudicación de una nueva promoción de viviendas de alquiler público en Ciutat Vella: conoce como participar

21/07/2025 - 11:25

Vivienda. Hasta el 1 de agosto está abierto el plazo para participar en el sorteo de las 44 viviendas con protección oficial en la calle Sant mARTÍ, 12-16, en Ciutat Vella.

El Ayuntamiento de Barcelona ha abierto hoy, 21 de julio, el proceso de adjudicación de las viviendas con protección oficial de alquiler asequible en la calle San Martín, 12-16 en Ciutat Vella, que cuenta con 44 viviendas. En este proceso podrán participar las personas inscritas al Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial que cumplen los requisitos para acceder.

La selección de las personas que podrán optar a las viviendas de la calle San Martín, 12-16 se hará por sorteo, tal como establece la normativa. A continuación, os explicamos todo el que hay que saber para participar en este sorteo:

1. La promoción tiene 44 viviendas con protección oficial de alquiler asequible.

Se han reservado unos cuántos viviendas para perfiles concretos como por ejemplo necesidad de vivienda adaptada para personas con movilidad reducida, menores de 35 años, familias monoparentales, reserva territorial y, el restante, el contingente general.

2. Para optar a las viviendas hay que cumplir los requisitos:

a) Hay que estar inscrito/a al Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Barcelona desde antes del día 18 de julio, incluido. Las personas inscritas más tarde de esta fecha, podrán optar a las siguientes convocatorias previstas en otras promociones de la ciudad.
b) Estar empadronado/da en Barcelona como mínimo un año, ininterrumpidamente, desde el 18 de julio de 2025.
c) Unidades de convivencia de 1 a 4 miembros (excepto reserva familias monoparentales que es de 2 a 4 miembros)
d) No tener ninguna vivienda en propiedad.
e) Para presentar solicitud de participación, los ingresos tienen que ser superiores a 16.000 €. En caso de resultar persona adjudicataria, habrá que acreditar unos ingresos de la unidad de convivencia mínimos actuales donde el pago de la renta del alquiler no sea superior al 30% de estos.
f) Los ingresos máximos tienen que ser inferiores a 4 veces la IRSC ponderado. Para el periodo fiscal 2024 (de 48.372,43 €, en caso de un miembro a 53.747,14 €, en caso de 4 o más miembros).
g) Presentar una solicitud de participación antes del próximo 1 de agosto, a las 14.30 horas.

3. ¿Cómo y cuando puedo presentar la solicitud de participación?

Se puede presentar hasta el 1 de agosto de 2025, a las 14.30 h, a través de la página web del Registro de Solicitantes de vivienda con protección oficial de Barcelona.

Una vez enviada la solicitud, recibiréis un correo electrónico con la confirmación de la presentación.

4. ¿Para llenar la solicitud de participación hace falta el número de expediente del Registro de Solicitantes. Cómo puedo obtenerlo?

El número de expediente se encuentra a los listados de participación de la convocatoria ordenado alfabéticamente.

5. ¿Cómo saber si puedo participar en la convocatoria?

Puedes consultar si figuras en los listados de participación mencionados en su punto anterior. También, se enviarán SMS informando del inicio de la convocatoria de adjudicación de San Martín, 12-16 con el enlace a la web del Registro de solicitantes de viviendas con protección oficial de Barcelona donde al apartado “Procesos de adjudicación en curso” consta el formulario de la solicitud de participación.

6. ¿Si no he recibido ningún SMS y no consto a la lista provisional de participantes conjunta, qué tengo que hacer?

Las personas que no figuran en los listados provisionales de participantes no participan porque, en principio, no cumplen los requisitos de las convocatorias con los datos que constan en el Registro de Solicitantes de vivienda con protección oficial de Barcelona.
En caso de no estar de acuerdo, tendrás que revisar los requisitos de participación en las bases publicadas de las convocatorias así como los datos facilitados al Registro.
Si encontráis alguna discrepancia, podéis presentar la solicitud de participación en la convocatoria donde cumplís los requisitos. Y, durante el plazo de presentación de alegaciones contra las listas provisionales de admitidos y de excluidos tendréis que presentar una alegación (con el formulario que constará en el web del Registro), indicando los datos siguientes y adjuntando la documentación acreditativa correspondiente: nombre y apellidos, DNI/NIE, n.º de expediente del Registro de Solicitantes, nombre de la convocatoria y motivo alegado.
Estas listas provisionales de admitidos y de excluidos se publicarán en la web del Registro de Solicitantes de vivienda con protección oficial de Barcelona.

7. ¿Las unidades de convivencia de un miembro pueden participar?

Sí, pueden participar.

8. ¿Cuándo está previsto que se publiquen las listas provisionales de admitidos de la convocatoria?

Durante la primera quincena del próximo mes de septiembre. El día siguiente a su publicación se iniciará el periodo de presentación de las alegaciones.