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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Empieza el proceso de adjudicación de una nueva promoción de vivienda pública, la Isla Acero: ¿cómo puedo optar?

11/06/2025 - 20:01

Habitatge. Publicadas las convocatorias para adjudicar 234 viviendas de Illa Acer, dirigidas a personas inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida. El plazo para presentar solicitudes está abierto hasta el 26 de junio.

 

El Ayuntamiento de Barcelona ha iniciado hoy, miércoles 11 de junio, el proceso de adjudicación de las viviendas protegidas de la nueva promoción de vivienda pública: los pisos de la Illa Acer. Esta promoción entra en su fase final por devenir el futuro hogar de más de 230 familias inscritas al Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial que cumplen los requisitos establecidos.

La selección de los adjudicatarios se hará mediante sorteo, tal como establece la normativa vigente. A continuación, detallamos los aspectos clave para participar:

1. Se han publicado 2 convocatorias diferentes para la promoción de Illa Acer:

a) Illa Acer alquiler asequible, 172 viviendas.

b) Illa Acer derecho de superfície, 62 viviendas.

A cada convocatoria se han reservado unos cuántos viviendas para perfiles concretos como por ejemplo menores de 35 años, familias monoparentales, personas con necesidad de vivienda adaptada, reserva territorial y, el restante, el contingente general.

2. Para optar en los pisos hay que cumplir los requisitos comunes de todas las convocatorias:

a) Hay que estar inscrito/a al Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Barcelona desde antes del día 10 de junio de 2025, incluido. Las personas inscritas más tarde de esta fecha, podrán optar a las siguientes convocatorias previstas en otras promociones de la ciudad.

b) Estar empadronado/da en Barcelona como mínimo un año, ininterrumpidamente, desde el 10 de junio de 2025.

c) No tener ninguna vivienda en propiedad.

d) Presentar una solicitud de participación en la convocatoria donde se cumplan los requisitos, antes del próximo 26 de junio, a las 14.30 horas.

3. También hay que cumplir los requisitos específicos de cada convocatoria:

Alquiler asequible:

  • Unidades de convivencia: de 1 a 6 miembros, excepto la reserva para menores de 35 años (que es de 1 a 3 miembros), la reserva para familias monoparentales (que es de 2 a 6 miembros) y el contingente de necesidad de vivienda adaptada que es de 1 a 4 miembros.
  • Para presentar solicitud de participación, los ingresos tienen que ser superiores a 16.000 € (en caso de un miembro); a 19.500 € (en caso de 2 a 3 miembros y de 2 a 4 miembros en el caso de viviendas adaptadas de 2 dormitorios) y a 29.000 € (en el caso de 4 a 6 miembros). En caso de resultar persona adjudicataria, habrá que acreditar unos ingresos de la unidad de convivencia mínimos actuales donde el pago de la renta del alquiler no sea superior al 30% de estos.
  • Los ingresos máximos tienen que ser inferiores a 5 veces el IRSC ponderado. Para el periodo fiscal 2023 (de 57.367,67, en caso de un miembro a 63.741,85 €, en caso de 4 miembros o más).

Derecho de superfície:

  • Unidades de convivencia: de 2 a 5 miembros.
  • Ingresos correspondientes al periodo fiscal del año 2023 de 25.000 € a 6,5 veces el IRSC ponderado, es decir: 76.884,50 € (2 miembros) a 82.864,41 € (4 o más miembros).

4. ¿Cómo y cuando puedo presentar la solicitud de participación?

Se puede presentar hasta el 26 de junio de 2025, a las 14.30 h, a través de la página web del Registro de Solicitantes de vivienda con protección oficial de Barcelona, mediante los enlaces que se indican a continuación:

Se puede presentar una solicitud de participación en cada una de las dos convocatorias si se cumplen los requisitos de participación. Una vez enviada la solicitud, recibiréis un correo electrónico con la confirmación de la presentación.

Se puede presentar una solicitud de participación en cada una de las dos convocatorias si se cumplen los requisitos de participación. Una vez enviada la solicitud, recibiréis un correo electrónico con la confirmación de la presentación.

5. Para llenar la solicitud de participación hace falta el número de expediente del Registro de Solicitantes. ¿Cómo puedo obtenerlo?

El número de expediente se encuentra a los listados de participación de las dos convocatorias ordenados alfabéticamente.

6. ¿Cómo saber si puedo participar en alguna de las dos convocatorias?

Puedes consultar si figuras en los listados de participación mencionados en su punto anterior. También, se enviarán SMS/correos electrónicos informante del inicio de la convocatoria de adjudicación de Isla Acero con el enlace a la web del Registro de solicitantes de viviendas con protección oficial de Barcelona donde al apartado “Procesos de adjudicación en curso” consta el formulario de la solicitud de participación.

Las personas que participan en dos convocatorias se los han enviado un SMS/correos electrónicos y se verán reflejadas a los listados de participación dos veces.

7. ¿Si no he recibido ningún SMS/corráis electrónico y no consto a la lista provisional de participantes conjunta, qué tengo que hacer?

Las personas que no figuran en los listados provisionales de participantes no participan porque, en principio, no cumplen los requisitos de las convocatorias con los datos que constan en el Registro de Solicitantes de vivienda con protección oficial de Barcelona.

En caso de no estar de acuerdo, tendrás que revisar los requisitos de participación en las bases publicadas de las convocatorias así como los datos facilitados al Registro.

Si encontráis alguna discrepancia, podéis presentar la solicitud de participación en la convocatoria donde cumplís los requisitos. Y, durante el plazo de presentación de alegaciones contra las listas provisionales de admitidos y de excluidos tendréis que presentar una alegación (con el formulario que constará en el web del Registro), indicando los datos siguientes y adjuntando la documentación acredita va correspondiente: nombre y apellidos, DNI/NIE, n.º de expediente del Registro de Solicitantes, nombre de la convocatoria y motivo alegado.

Estas listas provisionales de admitidos y de excluidos se publicarán en la web del Registro de Solicitantes de vivienda con protección oficial de Barcelona.

8. ¿Las unidades de convivencia de un miembro pueden participar en Illa Acer?

Pueden participar en la convocatoria de alquiler asequible.

9. ¿Cuándo está previsto que se publiquen las listas provisionales de admitidos de las dos convocatorias?

Durante la primera quincena del próximo mes de julio. El día siguiente a su publicación se iniciará el periodo de presentación de las alegaciones.

Illa Acer, 234 viviendas públicas

La promoción Illa Acer, con 234 viviendas protegidas que se prevé que se entreguen durante el primer trimestre de 2026, se encuentra ubicada en el barrio de la Marina del Prat Vermell, una zona en transformación y clave para el desarrollo de vivienda pública en la ciudad de Barcelona. Impulsada por el Instituto Municipal de Viviendas de Barcelona (IMHAB), el edificio de la Isla combina viviendas de alquiler asequible –47 con un dormitorio, 75 con dos y 38 con tres- y en régimen de derecho de superfície – 48 tienen dos dormitorios y 14 tienen tres- los cuales, además, tienen de plazas de aparcamiento vinculadas. Del mismo modo, 12 viviendas están adaptadas para personas con movilidad reducida. Los precios de alquiler irán de los 400 a los 790 euros mensuales, y las viviendas en derecho de superficie tendrán un precio de 2.400 €/m², con plazas de aparcamiento a 960 €/m².

La promoción ha supuesto una inversión municipal de 32,8 millones de euros y forma parte del Pla Viure, con el cual el Ayuntamiento trabaja para ampliar el parque público y garantizar el acceso en una vivienda digno y asequible.

La Marina, motor de la vivienda protegida en Barcelona

El barrio de la Marina del Prat Vermell se ha consolidado como uno de los principales polos de crecimiento de vivienda protegida en la ciudad. En este ámbito en pleno auge, el Ayuntamiento impulsa decididamente la ampliación del parque público de vivienda. De los casi 12.000 viviendas previstas en el barrio, alrededor del 50% serán de protección oficial.

En los sectores con planeamiento y gestión ya aprobados, se prevé la construcción de unas 5.300 viviendas, de los cuales aproximadamente 2.770 serán protegidos. Solo en los últimos dos años, ya se han librado 212 viviendas de iniciativa municipal: 180 durante el 2023 —108 en régimen de alquiler en la calle de Cal Cisó y 32 coviviendas impulsadas por el cooperativo Hogar Joven—, y 72 más el verano de 2024, en el edificio de alquiler social de la calle de Ulldecona.

A esta oferta hay que sumar las 234 viviendas de la promoción Illa Acer, que se librarán el 2026. Paralelamente, la operadora Vivienda Metrópolis Barcelona ha iniciado la construcción de 56 pisos más en la calle de Cal Cisó y tiene en trámite una nueva promoción de 63 viviendas en Ulldecona.

También están en marcha 362 viviendas promovidas por la Incasòl y Vivienda Metrópolis Barcelona, así como 85 más asignados a entidades. A todo ello, se añadirán 111 viviendas más cuando se resuelva el concurso municipal para dos promociones en las calles Acero, 2 y Ascó, 17.