Dos sociedades inmobiliarias desahuciaron, por impago, a familias vulnerables sin ofrecerles la oportunidad de pagar un alquiler social. Esta hecho incumple la Ley 24/2015, de 29 de julio, de Medidas Urgentes para Afrontar la Emergencia en el Ámbito de la Vivienda y la Pobreza Energética y podría suponer multas de hasta 90.000 euros.
El artículo 5 de la ley prevé que, antes de interponer cualquier demanda judicial de ejecución hipotecaria o de desahucio por impago del alquiler, el demandante, si tiene la condición de gran tenedor de vivienda, debe ofrecer a los afectados una propuesta de alquiler social, en caso de que las personas o las unidades familiares no tengan una alternativa propia de vivienda y acrediten que se encuentran en una situación de riesgo de exclusión residencial. El mismo demandante debe comprobar la situación de exclusión residencial de la familia y debe requerir la información a los afectados antes del inicio de la demanda.
En los dos primeros expedientes sancionadores por no ofrecer alquiler social que ha incoado el Ayuntamiento de Barcelona, se cumplen todas estas características: no se ha requerido previamente información de los afectados ni se les ha comunicado ninguna oferta de alquiler social, y los dos procedimientos judiciales han tenido como consecuencia la ejecución de los respectivos lanzamientos. El realojo de las familias afectadas, ambas del distrito de Horta-Guinardó, ha corrido a cargo del Ayuntamiento. Las multas pueden ser de hasta 90.000 euros y tendrán en cuenta el coste que supone para el Consistorio haber realojado a estas familias en viviendas del parque público para suplir la obligación de los infractores.
Caso de infravivienda
La Unidad Contra la Exclusión Residencial (UCER), creada hace tres meses, ha detectado otro caso de incumplimiento de la ley, en esta ocasión un episodio grave de infravivienda en Nou Barris. Una empresa alquilaba a una decena de familias partes de 15 metros cuadrados de una finca que no cumplían las condiciones de habitabilidad. Se calcula que en estos espacios había unos diez ocupantes, que pagaban alquileres de entre 400 y 500 euros mensuales. El Ayuntamiento ha abierto a la empresa un expediente de sanción que puede acabar con una multa de hasta 900.000 euros.